Democracia y participación ciudadana

De la caza y la recolección al sufragio universal: Un viaje por la evolución de la participación ciudadana

¿Imaginas una sociedad donde la propiedad personal era un concepto desconocido? ¿Una sociedad donde la tierra, los alimentos y los objetos se compartían entre todos los miembros de la comunidad? Esta era la realidad de las sociedades cazadoras-recolectoras, nuestros ancestros más lejanos. Hasta hace unos 12.000 años, todos éramos cazadores-recolectores (algunas sociedades actuales áun lo son), pero en el neolítico algunos grupos se convirtieron en agricultores.

Los grupos de cazadores-recolectores fueron y son grupos igualitarios en los que funciona la democracia directa. Marvin Harris, después de analizar sus propias observaciones, las de Robert Dentan y las de Richard Lee, concluye: «[…], no se hable más de la necesidad innata que siente nuestra especie de formar grupos jerárquicos. El observador que hubiera contemplado la vida humana al poco de arrancar el despegue cultural habría concluido fácilmente que nuestra especie estaba irremediablemente destinada al igualitarismo…» (Marvin Harris. Jefes, cabecillas y abusones)

Sabemos, sin embargo, que la evolución de la mayoría de las sociedades ha pasado por periodos donde el poder era ejercido por algún tipo de clase social más o menos numerosa. Pero esto ha ocurrido a partir de que la propiedad de la tierra empezó a tener sentido. Sin embargo, en el caso de los cazadores-recolectores no hay propiedad: «Supongamos que un [miembro del pueblo] !Kung con un ansia de poder como la descrita por Hobbes se levantara un buen día y le dijera al campamento: ‘A partir de ahora, todas estas tierras y todo lo que hay en ellas es mío.’ […] Sus compañeros, pensando que seguramente se habría vuelto loco, recogerían sus escasas pertenencias, se pondrían en camino y, cuarenta o cincuenta kilómetros más allá, erigirían un nuevo campamento para reanudar su vida habitual». (Marvin Harris. Jefes, cabecillas y abusones)

Sociedades desiguales

Con el comienzo de la agricultura, los asentamientos y su propiedad empezaron a tener importancia y su acumulación suponía la posibilidad de hacer acopio de riqueza, poder y control sobre otros miembros de la sociedad. Aun así, algunos pueblos conservaron o redescubrieron el valor de la democracia.

Parece que en Minos existió, aparte de un rey, algún tipo de asamblea participativa; pero esto aún está en investigación. Lo que sí sabemos es que Atenas se regía por un sistema democrático que ellos atribuían a Solón (594 a.C.). Los atenienses establecieron algunos conceptos que hemos heredado en nuestras modernas democracias. Aunque los atenienses tenían una democracia directa y las nuestras no son directas, sino representativas y, en algunos casos, fueron censitarias.

En una democracia directa, todos los que tienen derecho a participar, participan en una asamblea que es soberana, es decir, que no depende de ningún otro órgano. En las democracias representativas y censitarias existen mecanismos de control sobre la participación de los representados, y en ambos casos hay objeciones.

Democracias representativas y censitarias

Denario romano del año 63 aC
Denario romano del año 63 aC

Representativa: Quiere decir que se elige a representantes que participan de algún tipo de asamblea legislativa. Las objeciones a este respecto vienen del hecho de que estos representantes no están literalmente obligados a hacer o legislar lo encargado, ya que tienen un amplio margen de actuación y no hay mecanismos de recusación. En el sistema de los soviets leninistas (antes de la dictadura de Stalin) sí existía un mecanismo de recusación, ampliamente usado, por el que se destituía al representante y se elegía a otro, pero no existe nada parecido en nuestras democracias actuales.

Censitaria: Quiere decir que algunas personas pueden votar en función de sus circunstancias y otras no. Originalmente, el censo lo era en función de las propiedades o bienes de los que se dispusiera. En otras ocasiones el factor usado era la formación que, como ya nos podemos imaginar, era un modo sibilino de limitar el acceso por factores económicos y -muchas veces- raciales.

El papel de la mujer en sociedades prehistóricas

A falta de historia escrita es muy difícil inferir el papel de la mujer en sociedades prehistóricas, pero sí sabemos que entre los escitas las mujeres podían ser poderosas guerreras. De hecho se considera que son las guerreras escitas el origen del mito de las amazonas. También sabemos que entre los pueblos germanos las mujeres podían ser guerreras, heredaban, y tenían la opción de divorciarse, entre otros derechos.

No tenemos información muy fiable de la cultura celta, pero sus guerras con Roma nos han permitido conocer la existencia de algunas reinas guerreras que ostentaban el poder de forma completa, incluido el mando de las tropas en la guerra; aunque no sabemos si esto eran excepciones, falta información fiable.

El papel de las mujeres en las culturas helénica, romana, judía y árabe, de las que disponemos de testimonios escritos, sabemos que era muy distinto a la situación que hemos descrito más arriba. En estas culturas la mujer no era precisamente un sujeto político, sino que solía ser tratada como un objeto en transacciones políticas y económicas, cuando no como una propiedad.

La democracia ateniense, como ya hemos dicho, no era una democracia representativa sino directa, todos los sujetos en posesión de sus derechos políticos podían asistir, participar y votar. Sin embargo, las mujeres no tenían derechos políticos y, consecuentemente, no participaban.

Las democracias occidentales modernas se constituyeron como representativas y censitarias, esto significa que para poder votar había que cumplir una serie de requisitos, típicamente económicos o de formación. Aunque ambos requisitos vienen a ser lo mismo, ya que para conseguir la formación había que tener medios económicos suficientes y, tradicionalmente, ser varón. En Estados Unidos, dependía de cada estado, pero básicamente podían votar los hombres blancos con cierto dinero o una determinada cantidad de tierra. En Francia, tenían derecho a voto los hombres mayores de 25 años que pagaran impuestos.

Estas condiciones fueron cambiando con el tiempo, pero siempre intentaban mantener fuera del derecho a voto a las mujeres, a los pobres y a todo aquel que no fuera blanco descendiente de europeos, y en EE.UU. estaba especialmente vetado a los negros.

Acceso de las mujeres al voto

Liga por el Sufragio Igualitario de San Luis en 1916
Liga por el Sufragio Igualitario de San Luis en 1916

Se suele considerar que el movimiento sufragista contemporáneo comienza en Estados Unidos en 1848. Las sufragistas pedían el «sufragio igual» (igual que los hombres), no el «sufragio universal». Es decir, pedían el voto para las mujeres pero no para los negros. En 1869 en Wyoming, las mujeres blancas consiguieron el derecho a votar «igual» que los hombres blancos. En 1920 la Decimonovena Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, confirmó el derecho al voto de las mujeres en todo el país en igualdad de condiciones que los hombres.

La aprobación del voto de las mujeres en Europa se fue extendiendo a lo largo del siglo XX. El primer país en aprobar el voto femenino en Europa fue Finlandia en 1906. En Alemania se aprobó en 1919, Reino Unido lo hizo en 1928 y en Francia no se aprobó hasta 1944. A España llegó en 1931, aunque duró poco, ya que a partir del 1939 no hubo derecho al voto, hasta que en 1966 se restauró para «padres de familia» y «mujeres casadas». Sin embargo, no hubo elecciones libres hasta un año después de la muerte del dictador Francisco Franco, concretamente el 15 de diciembre de 1976.

Sufragio femenino en España

El primer derecho a voto femenino en España fue en 1924, durante la Dictadura de Primo de Rivera, cuando a las mujeres casadas se les permitía votar en las elecciones municipales. Aunque ya hemos dicho que el verdadero derecho al voto de las mujeres no llegó hasta 1931, durante la Segunda República, previamente se había aprobado el derecho a «sufragio pasivo» de las mujeres (podían ser elegidas). Por eso en las primeras elecciones fueron elegidas diputadas Margarita Nelken (Partido Socialista Obrero Español), Clara Campoamor (Partido Republicano Radical) y Victoria Kent (Partido Republicano Radical Socialista).

Clara Campoamor fue la impulsora de la iniciativa legislativa para permitir el voto femenino y a favor votaron el Partido Socialista, la derecha y los nacionalistas. En contra votaron su propio partido y el de Victoria Kent, que temía que el voto de la mujer fuera influido por las ideas reaccionarias de la Iglesia, por el adoctrinamiento de los curas en los confesionarios y en los sermones. La verdad es que no era un temor infundado, sobre todo en las zonas rurales.

Acceso al voto de minorías discriminadas

En cuanto al voto de los negros y otros grupos raciales discriminados en EEUU: la Decimotercera Enmienda (1865) prohibía la esclavitud y la Decimoquinta Enmienda (1870) establecía que no se podía impedir que un ciudadano votara por motivo de su raza, color, o condición anterior de servidumbre (esclavitud). Esta enmienda fue sorteada por muchos estados con leyes locales que exigían pruebas de alfabetización o impuestos especiales.

Como esas leyes dejaban fuera del derecho al voto a muchos campesinos blancos, pobres y analfabetos, solían establecer una cláusula según la cual podían votar también todos aquellos cuyos abuelos ya tuvieran ese derecho. La situación se mantuvo más o menos así hasta que en 1965 la Ley de Derecho al Voto (Voting Rights) teóricamente acabó con cualquier traba al voto para estas minorías, pero el problema persiste. El «Informe Mundial 2023» de «Human Rights Watch» dice con respecto a EE.UU.: «Varios estados aprobaron leyes que pretendían limitar quién podía votar y qué votos se contaban, abrieron la puerta a que actores partidistas interfirieran en las elecciones y permitieron potencialmente el procesamiento penal de los administradores electorales. Estas restricciones del derecho al voto afectaron de manera desproporcionada a las personas negras, indígenas y latinas.»


Hasta aquí hemos repasado las cuestiones generales sobre la posibilidad de participar y las limitaciones que ha tenido el acceso al voto a lo largo de la historia. En un segundo artículo, intentaré analizar tanto el origen de los sistemas democráticos como los diferentes tipos de democracia que han obtenido como resultado.

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